viernes, 28 de mayo de 2010


EL RETRASO DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA, PERJUDICA LA ACOGIDA DE INMIGRANTES


El conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, ha manifestado que el Ministerio de Trabajo e Inmigración está incumpliendo los plazos para la aprobación del Reglamento de la reforma de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería)por lo que sume en el caos a aquellas comunidades que tienen asumidas nuevas competencias en materia de integración como es el caso de la valenciana”.

La reforma de la Ley de Extranjería, aprobada por el Congreso de los Diputados, supone mayores obligaciones y competencias para lascomunidades autónomas y, en el caso de la Generalitat, “evidencia que el Consell hace los deberes en materia de extranjería por un ejercicio de responsabilidad pero, sin embargo, el Gobierno sigue sin poner los medios ni la financiación necesaria para la correcta atención de las personas inmigrantes y extranjeras”.

De hecho, Blasco ha denunciado que el Gobierno no cumplirá la fecha del 12 de junio fijada como plazo máximo para la aprobación del reglamento “por lo que en la actualidad, se produce un conflicto entre la normativa anterior y la ya aprobada por el Congreso al no estar desarrollada. Ello quiebra la legalidad dado que la Comunitat está asumiendo competencias recogidas en la Ley Valenciana de Integración y tal como contempla el nuevo reglamento de la Ley de extranjería pero, sin embargo, todavía rige el anterior Reglamento que no las contempla”. La aprobación del Reglamento puede demorarse hasta otoño.

La reforma de la Ley de Extranjería traslada a los municipios y las comunidades autónomas la elaboración de los informes necesarios para que un inmigrante pueda, entre otros trámites, acreditar su integración para el arraigo o informar sobre el estado de su vivienda para lareagrupación familiar.

Es decir, los certificados acreditativos expedidos por el Consell para reconocer la integración de un inmigrante, recogidos en la Ley Valenciana, pueden ser nulos a efectos de obtener el informe de arraigo ante una Oficina de Extranjería dependiente del Gobierno al no regir aún el nuevo Reglamento de la Ley y no estar contemplado en el anterior.

Se calcula que son más de 80.000 los informes que anualmente elaborarán las Agencias AMICS,conveniadas entre los ayuntamientos y la Generalitat. La redacción de la noma incluye obligaciones hasta ahora desconocidas para las autonomías (que sin partida estatal asignada al efecto) deberán emitir certificados previos durante los procesos de renovación de residencia temporal, solicitud de nacionalidad o ampliación del permiso de trabajo.

La Comunitat será competente en informar y formar a las personas inmigrantes y extranjeras enlenguas oficiales, legislación básica y valores constitucionales y estatutarios e historia de España y de las comunidades autónomas; informes sobre la asistencia a estas actividades para la renovación de la tarjeta de residencia temporal; informes sobre integración en la sociedad española que se valorarán para adquirir la nacionalidad española por residencia; informes sobre integración social, preceptivos en los procedimientos de residencia por arraigo, cuando el extranjero no tenga un familiar directo en España con autorización de residencia o cuando se recomiende que sea eximido de la obligación de presentar contrato de trabajo; informes de adecuación de vivienda, obligatorio en los expedientes de reagrupación familiar y residencia inicial de hijos menores de edad o discapacitados y, por último, informes sobre escolarización de hijos menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, que son de aportación obligatoria en los expedientes de renovación de tarjetas de residencia temporal y solicitudes de residencia de larga duración.


AMUZ IN Segorbe Spain

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